Las legislaciones relacionadas al cibercrimen siguen adquiriendo forma en América Latina. Queremos compartir con ustedes un hecho sumamente positivo que se está llevando a cabo en la región y que manifiesta una voluntad de poder mejorar la protección de las personas y, sobre todas las cosas, los niños en Internet.

Este miércoles en Argentina, se aprobó un proyecto de ley para incorporar la sanción al Código Penal de cualquier delito de integridad sexual que se realice a través de cualquier dispositivo electrónico. Con este proyecto de ley, la senadora por el departamento de Rio Negro, María José Bongiorno, responsable de la iniciativa junto a María de los Ángeles Higonet, de La Pampa, buscan que se penalice con hasta seis años de prisión a una persona que cometa este tipo de delitos. A continuación compartimos el Artículo 128 bis que formaría parte del nuevo Código Penal de la República Argentina:

Artículo 128 bis: Será reprimido con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que por intermedio de identidad falsa, mediante la utilización de cualquier medio electrónico, cometiere acciones destinadas a ejercer influencia sobre un menor para que este realice, a través del mismo medio, actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual.

La pena será de dos (2) años a seis (6) años cuando el material pornográfico obtenido a través de la conducta anterior sea utilizado para obligar al menor a hacer o no hacer algo en contra de su voluntad.

En el senado, el proyecto fue aprobado de forma unánime. Ahora deberá pasar a la cámara de diputados para ser analizado y posteriormente, con el aval de ambas cámaras, sancionado.

El Grooming es actualmente reconocido y sancionado en muchos países del mundo. Entre ellos, se destacan los miembros que pertenecen al Common Law (Reino Unido, Escocia, Australia, Estados Unidos y Singapur), ya que es donde le han dado mayor reconocimiento. A nivel regional, es una excelente iniciativa que estamos tomando para poder luchar contra estas amenazas. Muchas personas, aprovechan la falta de leyes y el anonimato que brindan las tecnologías de Internet hoy, para poder ejecutar acciones ilícitas.

Recordemos que en América Latina ya hemos visto casos en donde se han realizado condenas por acoso sexual a través de Internet. El 19 de enero de 2009, la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile, emitió una condena de 3 años de prisión a un hombre que persuadió a una niña a quitarse la ropa frente a una cámara web.

Esperemos ahora que el resto de los países de la región, también luchen por fortalecer sus leyes para poder condenar este tipo de conductas y hacer que los niños tengan una experiencia cada vez más saludable en Internet. A los padres, además, les recomendamos que accedan de forma gratuita a nuestra Guía de Protección Infantil para  que puedan informarse más al respecto y conocer qué acciones tomar frente a cualquier tipo de inconvenientes relacionados con los niños y el uso de tecnologías.

Raphael Labaca Castro
Especialista en Awareness & Research